{"id":387,"date":"2018-07-24T19:45:07","date_gmt":"2018-07-24T19:45:07","guid":{"rendered":"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/?p=387"},"modified":"2018-07-24T19:45:07","modified_gmt":"2018-07-24T19:45:07","slug":"gobierno-regional-de-puno-reconoce-el-acoso-politico-a-las-mujeres-autoridades-como-problematica-de-urgente-prevencion-y-atencion","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/?p=387","title":{"rendered":"Gobierno Regional de Puno reconoce el Acoso Pol\u00edtico a las Mujeres Autoridades como problem\u00e1tica de urgente prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>Mediante la Ordenanza Regional N\u00b0 006-2018-GR PUNO CRP aprobada el pasado 8 de marzo y publicada en el Diario El Peruano, el 20 de junio de este a\u00f1o, el Gobierno Regional de Puno reconoci\u00f3 como problem\u00e1tica de urgente prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n el acoso pol\u00edtico contra las mujeres de la mencionada regi\u00f3n.<\/p>\n<p>En el Art\u00edculo Primero de la mencionada herramienta legal y de gesti\u00f3n regional se define al Acoso Pol\u00edtico como \u201cla modalidad de violencia contra las mujeres y barrera para el ejercicio de sus derechos pol\u00edticos, que se configura en el acto o conjunto de actos realizados por acci\u00f3n u omisi\u00f3n basada en su g\u00e9nero, de forma Individual o grupal, que tenga por objeto o por resultado menoscabar, limitar, anular, impedir, obstaculizar, y restringir sus derechos pol\u00edticos, conculcando el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y a la participaci\u00f3n en los asuntos pol\u00edticos y p\u00fablicos en condiciones de igualdad\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/wp-content\/uploads\/mujeres-autoridades.png\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"alignleft size-full wp-image-388\" src=\"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/wp-content\/uploads\/mujeres-autoridades.png\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"168\" \/><\/a><\/p>\n<p>Asimismo, en el Art\u00edculo Tercero se establece que constituyen actos de Acoso Pol\u00edtico contra las mujeres: el impedimento del ejercicio de las funciones y derechos establecidos por ley, por raz\u00f3n de su cargo o condici\u00f3n, la asignaci\u00f3n de responsabilidades o requerimientos que no correspondan a sus funciones y que puedan implicar errores administrativos sancionables, las acusaciones infundadas de la comisi\u00f3n de delitos o faltas administrativas. d) Interceptar o vulnerar sus comunicaciones, la programaci\u00f3n de sesiones de consejos regionales o concejos municipales, juntas o reuniones para tratar asuntos propios de la responsabilidad que detentan, en horas o zonas inadecuadas que coloque en riesgo la seguridad de la mujer autoridad, candidata o representante pol\u00edtica o social.<\/p>\n<p>De igual manera, son acoso pol\u00edtico, las agresiones, amenazas directa o a trav\u00e9s de terceros, contra su integridad f\u00edsica psicol\u00f3gica o sexual o contra integrantes de su grupo familiar, en privado o en p\u00fablico, a trav\u00e9s de cualquier medio, en la presencia o no de la agraviada, dar a conocer informaci\u00f3n de la vida personal y privada de las mujeres candidatas, electas, designadas, lideresas, que menoscabe su dignidad, a trav\u00e9s de los medios de comunicaci\u00f3n social (prensa, radio, televisi\u00f3n) o redes sociales u otros; as\u00ed como toda manifestaci\u00f3n de discriminaci\u00f3n sea por sexo, origen, idioma, vestimenta, orientaci\u00f3n sexual, condici\u00f3n social, pertenencia a un grupo pol\u00edtico, religi\u00f3n o cualquier otra, que busca causar da\u00f1o a la imagen, integridad psicol\u00f3gica y f\u00edsica o dignidad de una candidata, autoridad pol\u00edtica o lideresa social.<\/p>\n<p>Para la prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n de la problem\u00e1tica, de acuerdo al texto de la ordenanza, el Gobierno Regional de Puno\u00a0 debe desarrollar medidas y acciones, tales como la elaboraci\u00f3n e implementaci\u00f3n del Plan regional para la Prevenci\u00f3n, Atenci\u00f3n y Sanci\u00f3n del Acoso Pol\u00edtico, el Registro de los casos presentados a nivel de la jurisdicci\u00f3n y su reporte respectivo al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el dise\u00f1o y realizaci\u00f3n de campa\u00f1as de difusi\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n en coordinaci\u00f3n con organizaciones de la sociedad civil, el fortalecimiento de capacidades de las mujeres autoridades y lideresas, los ajustes y modificaciones normativas, administrativas y operativas necesarias y\/o la aprobaci\u00f3n de otros instrumentos de gesti\u00f3n para su implementaci\u00f3n, as\u00ed como la creaci\u00f3n de un Subgrupo de Trabajo sobre Acoso Pol\u00edtico, en la Instancia Regional de Concertaci\u00f3n creada en el marco de la Ley No 30364, que permita que las entidades p\u00fablicas involucradas realizar acciones de coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n con actores p\u00fablicos y de la sociedad civil para la implementaci\u00f3n de la presente Ordenanza Regional.<\/p>\n<p>El Jurado Nacional de Elecciones y el Centro de la Mujer Peruana Flora Trist\u00e1n, realizaron un estudio con candidatas a los gobiernos regionales en el proceso electoral 2014, mediante el cual encuestaron a 503 candidatas a nivel nacional, y encontraron que tres de cada diez mujeres candidatas fueron acosadas durante su participaci\u00f3n en la campa\u00f1a electoral. En el caso de Puno, el Estudio se\u00f1ala que el 86% de candidatas sufrieron acoso, agrav\u00e1ndose los casos en relaci\u00f3n con la edad y origen \u00e9tnico y los principales responsables del acoso fueron miembros de las otras organizaciones pol\u00edticas.<\/p>\n<p>Frente a esta problem\u00e1tica, la Red Regional de Mujeres Autoridades de Puno, (REMARPU), base de la Red Nacional de Mujeres Autoridades Locales y Regionales del Per\u00fa (RENAMA), est\u00e1 trabajando conjuntamente con el Movimiento Manuela Ramos en la identificaci\u00f3n de casos de acoso pol\u00edtico como evidencias sobre la necesidad de contar con normatividad regional y protocolos de atenci\u00f3n de esta afectaci\u00f3n de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia y a su participaci\u00f3n pol\u00edtica en condiciones de igualdad. Es necesario adoptar acciones afirmativas o medidas especiales de car\u00e1cter temporal para generar y aumentar la participaci\u00f3n pol\u00edtica de las mujeres en los espacios municipales y regionales, las mismas que tienen que ser m\u00e1s difundidas y promovidas, a fin de comprender su importancia y necesidad, como elemento primordial en el derecho a la participaci\u00f3n pol\u00edtica y a la igualdad sin discriminaci\u00f3n para las mujeres de la Regi\u00f3n Puno.<\/p>\n<p><strong>Autoridades femeninas que integran el \u00e1mbito de la Ordenanza<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Mujeres autoridades proclamadas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) o en gesti\u00f3n que, por elecci\u00f3n popular, desempe\u00f1an cargos pol\u00edticos de representaci\u00f3n en los niveles regional o local. Se aplica tambi\u00e9n a autoridades mujeres de los Centros Poblado Menor.<\/li>\n<li>b) Mujeres electas para el ejercicio de cargos pol\u00edticos de representaci\u00f3n por elecci\u00f3n popular, en los niveles regional o ocal, seg\u00fan los resultados oficiales anunciados por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).<\/li>\n<li>c) Mujeres candidatas a cargos pol\u00edticos de representaci\u00f3n por elecci\u00f3n popular en los niveles regional y local, desde su designaci\u00f3n en las elecciones internas de su respectiva organizaci\u00f3n o alianza pol\u00edtica, conforme lo establece la Ley No 28094, Ley de Organizaciones Pol\u00edticas y sus modificatorias.<\/li>\n<li>Mujeres funcionarias que, por designaci\u00f3n, desempe\u00f1an cargos pol\u00edticos en funciones ejecutivas en los niveles regional o local, desde que la fecha de la emisi\u00f3n de la resoluci\u00f3n correspondiente,<\/li>\n<li>e) Mujeres autoridades comunales que, por elecci\u00f3n de sus comunidades campesinas o comunidades nativas, ejercen cargos directivos comunales, desde que son elegidas de acuerdo a las normas pertinentes.<\/li>\n<li>f) Mujeres elegidas para el ejercicio de cargos directivos de las organizaciones pol\u00edticas, as\u00ed como representantes oficiales de organizaciones pol\u00edticas, de organizaciones sindicales, de organizaciones sociales de base, de colegios profesionales, de organizaciones estudiantiles o juveniles, de organizaciones ind\u00edgenas, amaz\u00f3nicas y andinas, organizaciones de lesbianas, bisexuales, transexuales, y de otras organizaciones sociales, sean o no personas jur\u00eddicas sin fines de lucro que han formalizado la decisi\u00f3n de su organizaci\u00f3n para reconocerla como su representante oficial.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Mediante la Ordenanza Regional N\u00b0 006-2018-GR PUNO CRP aprobada el pasado 8 de marzo y publicada en el Diario El Peruano, el 20 de junio de este a\u00f1o, el Gobierno Regional de Puno reconoci\u00f3 como problem\u00e1tica de urgente prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n el acoso pol\u00edtico contra las mujeres de la mencionada regi\u00f3n. En el Art\u00edculo Primero [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/387"}],"collection":[{"href":"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=387"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/387\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":389,"href":"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/387\/revisions\/389"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=387"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=387"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/grupogeneroyeconomia.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=387"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}